En Argentina, un proceso judicial para determinar la indemnización por un incidente vial puede extenderse hasta 6 años en promedio. Esta demora, combinada con el impacto de la inflación, pone en riesgo el derecho de las víctimas a recibir una compensación justa. Sin embargo, el análisis de este fenómeno revela criterios dispares y soluciones insuficientes. Analizamos esta situación para entender cómo la inflación puede afectar el adecuado desempeño del sistema de justicia y pensamos algunos caminos para afrontar este desafío.
Ilustración: Charlee.
¿Cuáles son los principales desafíos del cálculo judicial de las indemnizaciones en contextos inflacionarios?
Un análisis a partir del caso de las indemnizaciones por incidentes viales
En los últimos años, la justicia argentina se ha enfrentado a un desafío particular que, si bien no es novedoso respecto a otros períodos de nuestra historia, puso de relieve la multiplicidad de factores que pueden afectar la eficacia del sistema para responder a demandas que involucran derechos de mucha trascendencia para las personas. Desde el año 2008, la economía argentina presenta un escenario de creciente inflación, complejizando así la labor de las y los operadores judiciales para calcular indemnizaciones u otras formas de derechos de orden patrimonial.
Un ejemplo ilustrativo del impacto de este fenómeno macroeconómico en el funcionamiento del sistema de justicia son los trámites judiciales para la determinación de indemnizaciones en casos de incidentes viales y de accidentes laborales. En la justicia tramitan un gran número de causas en las que deben determinarse reparaciones patrimoniales a personas que han sufrido daños físicos, psicológicos o morales en distintas circunstancias. El trabajo busca dilucidar los efectos que las demoras judiciales, la inflación y la ausencia de criterios comunes de ajuste de las indemnizaciones pueden ocasionar en los resultados de este tipo de procesos. En particular, se indaga en qué medida las indemnizaciones a víctimas de incidentes viales fijadas por la justicia se ajustan a criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
Punto de partida: demoras en el trámite de las causas por incidentes viales
Aun cuando en los últimos años se viene acortando, el tiempo promedio que lleva la resolución de una causa de incidentes viales (desde el inicio de la demanda hasta la sentencia de Cámara) es de setenta meses y veintidós días, es decir, casi seis años. Son tiempos muy prolongados si tenemos en cuenta que, por ejemplo, en 2020, los países de la Unión Europea tuvieron un promedio de resolución en causas civiles y comerciales de alrededor de catorce meses. Esta prolongada duración refleja una ineficiencia en la administración de justicia y puede tener serias implicancias en la reparación integral por el daño sufrido.
La tasa de interés que se aplica a los montos de las sentencias para definir la cifra final de la indemnización se fija en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, y varía según la sala de la Cámara que intervenga en el expediente.
Las diferentes tasas de interés aplicadas
Los plazos no son lo único que afecta la indemnización de las personas damnificadas, también lo hace la depreciación monetaria. A la prolongada duración de las causas se le suma el contexto inflacionario que atraviesa nuestro país. Frente a esto, ajustar las deudas según la inflación sería el enfoque más adecuado. No obstante esto está vetado por ley (Ley de Convertibilidad, reformada por la Ley 25.561) y, en la práctica, no ha existido una única manera de realizar este ajuste.
La tasa de interés que se aplica a los montos de las sentencias para definir la cifra final de la indemnización se fija en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, y varía según la Sala de la Cámara que intervenga en el expediente.
Tasas de ajuste aplicada a las indemnizaciones | |
Tasa activa BNA | Se aplica la tasa activa del Banco de la Nación Argentina (BNA) desde inicio de la demanda hasta efectivo el pago. |
Tasa mixta | Se aplica el 8% anual desde inicio de la demanda hasta la fecha de la sentencia de primera instancia; y la tasa activa del BNA desde la sentencia hasta efectivo el pago. |
Doble tasa activa BNA | Se aplica la doble tasa activa BNA desde inicio de la demanda hasta efectivo el pago |
Doble tasa activa BNA (desde 31/7/15) | Se aplica la tasa activa del BNA desde el hecho hasta el 31/7/15 y a partir de allí doble tasa activa BNA hasta el efectivo pago (sólo para algunos expedientes, según esa fecha) |
Fuente: Fundar, a partir de la base de datos de Legal Hub (2001-2018).
Dimensionar el impacto
Al no existir un criterio unificado, se genera mucha disparidad para las personas damnificadas. Estas diferencias terminan representando varios millones de pesos y dependen del azar ya que están relacionadas con el sorteo de las Salas que intervienen en cada causa.
Tomemos el caso de un expediente resuelto por una sala que aplica la tasa activa BNA, donde la persona damnificada recibió una indemnización de $9.593.320 (a precios de febrero 2024). Si para el mismo expediente hubiera intervenido una sala que aplica la tasa mixta, la persona hubiera recibido $2.306.037; un 25% del valor efectivamente pagado. En cambio, si el expediente se hubiese tramitado bajo la aplicación de la doble tasa activa BNA, la persona habría recibido $68.105.827, siete veces más de la indemnización otorgada en los hechos.
Tres escenarios para medir el impacto de los tiempos judiciales y las tasas de ajuste en las indemnizaciones
Para entender cómo estos extensos plazos judiciales y las diferencias de tasas afectan las indemnizaciones, resulta útil analizar los montos pagados en relación, por un lado, a la inflación del período (para definir si perdieron o no poder adquisitivo) y, por otro lado, al costo de oportunidad del capital adeudado (esto es, lo que la víctima dejó de percibir por no disponer de ese dinero).
Escenario contrafáctico 1 - ¿Los montos recibidos lograron compensar la inflación y los costos de oportunidad de ese capital?
Este primer escenario ajusta los montos de las sentencias para, por un lado, conservar el valor del dinero a lo largo del proceso judicial (tomando el Índice Precios al Consumidor, IPC) y, por otro, para compensar el costo de oportunidad del capital (tomando la tasa de interés pura del 6%, que habitualmente se utiliza en el fuero civil en este tipo de causas).
En la gran mayoría de los casos analizados (90%), la persona damnificada hubiera recibido una indemnización superior (más conveniente) a la que efectivamente recibió si, en vez de la tasa aplicada, el monto de la sentencia se hubiera ajustado por IPC y una tasa pura del 6%. El único caso en que esto no se da es para quienes recibieron el ajuste por doble tasa activa BNA .
Dicho de otro modo, si la causa fue resuelta por una sala que aplica tasa mixta o BNA, la persona indemnizada no logró ni mantener el valor de su dinero a lo largo del proceso, ni recuperar el costo de oportunidad de su capital; mientras que en los casos que se aplicó la doble tasa BNA, las indemnizaciones no sólo se ajustan por sobre la inflación sino que se observa una valorización del capital a niveles más altos que las tasas de Lebacs/Leliqs.
Escenario contrafáctico 2 - ¿Los montos recibidos lograron compensar la inflación?
Este segundo escenario busca identificar si las tasas aplicadas fueron superiores o no al IPC y, por lo tanto, si las indemnizaciones efectivamente pagadas lograron recomponer el valor del dinero una vez finalizado el proceso.
El 42% de las causas analizadas hubiese obtenido una indemnización más conveniente a la efectivamente recibida si el ajuste se hubiera realizado a partir del IPC (como propone el escenario contrafáctico 2). Esto implica que casi la mitad de los casos las tasas aplicadas no resultan suficientes para recomponer el valor del dinero. Nuevamente, quienes se vieron más perjudicados fueron quienes recibieron una tasa mixta, cuyas indemnizaciones hubieran sido en 240% más altas si se hubieran ajustado por IPC desde el inicio del proceso.
Escenario contrafáctico 3 - ¿Los montos recibidos lograron compensar los costos de oportunidad?
Este tercer escenario permite comparar los montos que la Justicia exigió pagar a las aseguradoras en las sentencias con el rendimiento que hubiese tenido el mismo capital en inversiones en Lebacs/Leliqs durante el período en que duró el proceso (casi seis años en promedio) para indagar el impacto que tienen los plazos judiciales en combinación con las tasas de ajuste empleadas en el costo de oportunidad del capital de las personas damnificadas.
El 52% de las causas analizadas recibió una indemnización menos conveniente (más baja) que la ganancia que hubiera obtenido de haber invertido el monto de la sentencia en Lebacs/Leliqs durante el proceso judicial. Quienes se vieron principalmente perjudicados por la indisponibilidad del dinero fueron las causas cuyos montos de sentencia se ajustaron con una tasa mixta. Por el contrario, el monto de las indemnizaciones ajustadas a doble tasa BNA fueron más altas que la ganancia que hubieran obtenido por inversión en Lebacs/Leliqs. En el medio, para las indemnizaciones ajustadas por tasa activa BNA, la pérdida se hace más visible a partir de 2015.
¿Cuál es el impacto de los tiempos judiciales y las tasas de ajuste en las indemnizaciones?
En la mayoría de los casos analizados, las tasas aplicadas se encuentran por debajo de la inflación del período, por lo que no resultan suficientes para recomponer el valor del dinero. A su vez, la mayoría de las tasas de ajuste de las indemnizaciones tampoco logran compensar el costo de oportunidad del capital de las personas damnificadas. Este “doble” perjuicio económico se observa, sobre todo, en aquellas salas en las que los montos de las indemnizaciones se ajustan tomando la tasa mixta y, en algunos casos, ocurre lo mismo cuando se aplica la tasa activa BNA.
Si bien esto pareciera recaer principalmente sobre las víctimas, se observan casos en los que las aseguradoras se habrían visto obligadas a pagar indemnizaciones actualizadas muy por encima de la inflación y de un costo de oportunidad razonable. Este tipo de distorsiones podría estar generando mayores incentivos para litigar este tipo de casos y evitar acuerdos prejudiciales. La consecuencia directa es un aumento de la cantidad de causas y, por ende, mayores demoras en la resolución de los casos y un empeoramiento de la calidad de los resultados.
Cuatro recomendaciones para mejorar el cálculo judicial de las indemnizaciones
Promover en el Congreso de la Nación la discusión sobre una reforma legislativa que permita superar los obstáculos normativos que limitan la actualización por inflación de las indemnizaciones
Tal como surge de la descripción sobre el debate jurisprudencial reciente en la materia, el marco normativo vigente ofrece más limitaciones que oportunidades para abordar los desafíos que la inflación conlleva para el cálculo de las indemnizaciones. Es responsabilidad del Congreso su correcta adecuación, con el propósito de otorgar una solución justa para todas las partes.
Unificar los criterios de cálculo y ajuste de las indemnizaciones
Es importante que todas las salas encuentren un criterio unificado que les permita afrontar conjuntamente el desafío generado por la alta inflación. El medio para lograrlo es un acuerdo plenario que establezca una única forma de ajustar las indemnizaciones y que garantice que los instrumentos que se utilicen no perjudiquen injustamente a las partes, aseguren una reparación justa de las víctimas y no aumenten los incentivos para litigar.
Establecer una tasa de ajuste que contemple el efecto de la inflación y el costo de oportunidad
La elección de una tasa justa debería estar guiada por la búsqueda de una fórmula que refleje adecuadamente la inflación y el costo de oportunidad. En este sentido, sugerimos que una posible alternativa podría ser el uso de una tasa de ajuste por IPC más una tasa de entre el 1% y el 3% que compense el costo de oportunidad del capital indisponible.
Reducir las demoras en los procesos judiciales
Es fundamental promover una reingeniería del proceso de incidentes viales que permita mejorar la eficiencia del sistema, acortar los tiempos y ofrecer una reparación económicamente justa. El primer paso en este sentido es hacer esfuerzos, a partir de la unificación de la tasa de interés, para reducir los niveles de litigiosidad. Esto debería estar acompañado de reformas en el sentido de modernizar el proceso, ya sea a través de mayor oralidad (sobre todo en la etapa probatoria) o de la incorporación de tecnología para simplificar y automatizar pasos y tareas.