Necesitamos un sistema tributario armónico, federal y coordinado

Una propuesta para que la coparticipación equilibre las oportunidades de las provincias

Argentina es uno de los países con mayores disparidades regionales. Vivir en Salta, Santa Cruz o CABA es muy diferente. Donde vivís determina si tu escuela tiene laboratorio o suspende clases por falta de gas. 

¿Por qué las diferencias regionales son tan profundas? Una de las razones: un sistema fiscal federal que quedó viejo hace rato. Las provincias manejan el 72% del gasto en educación y el 43% en salud, pero con recursos muy desiguales. Algunas pueden autofinanciar el 90% de sus gastos y otras no llegan ni al 10%.

Flecha1

Por una nueva ley general de coparticipación de impuestos

Llevamos 37 años con la misma ley de coparticipación, diseñada para un país que ya no existe. La reforma constitucional de 1994 buscó proteger a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) de posibles discrecionalidades del Poder Ejecutivo Nacional. Sin embargo, 30 años después, sus promesas no se cumplieron. El instrumento sobre el que se estructura la coordinación de la política tributaria federal se mantiene en una situación anómala. 

Entre 1992 y 2021 se firmaron 11 pactos que nunca se cumplieron

La reforma constitucional de 1994 dispuso que cualquier modificación a la Ley de Coparticipación requiere un acuerdo suscripto por todas las provincias, la aprobación del Congreso con mayoría calificada y la ratificación de las legislaturas locales. Es por eso que más de 30 años después no se ha logrado sancionar un nuevo régimen de coparticipación, vital para coordinar las potestades concurrentes entre el gobierno nacional y los provinciales. Sin su sanción, la coordinación de la política tributaria federal se mantiene en una situación anacrónica, anómala y anárquica mediante la prórroga automática de la Ley de Coparticipación de 1988. 

argentina-capitol-buenos-aires
  • Desde su sanción aparecieron nuevas jurisdicciones: Tierra del Fuego y CABA no estaban contempladas cuando se erigió esta ley.

  • Se sancionó la propiedad provincial de los recursos naturales, lo cual profundiza las asimetrías dadas por la diferente dotación de recursos. 

  • La configuración de la seguridad social, línea central en la discusión sobre la coparticipación, fue reformada dos veces.
Flecha1

Recomendaciones

1. Establecer un nuevo sistema que priorice la coordinación tributaria

Establecer un nuevo sistema que priorice la coordinación tributaria y genere los incentivos adecuados para los equilibrios macroeconómico y territorial, mediante la simplificación tributaria a nivel nacional, la armonización de diseños y sistemas de recaudación a nivel subnacional.

2. Crear un nuevo organismo fiscal federal empoderado

Crear un nuevo organismo fiscal federal empoderado, que unifique los existentes en la actualidad: Comisión Federal de Impuestos, COMARB y Consejo de Responsabilidad Fiscal. Este organismo sería el órgano de aplicación encargado de hacer cumplir los compromisos.

3. Establecer la distribución primaria en función de las responsabilidades de gasto netas de la capacidad tributaria propia

Establecer la distribución primaria en función de las responsabilidades de gasto netas de la capacidad tributaria propia (no compartida) de cada nivel de gobierno, que se deriva de la Constitución y de la propia ley de coordinación (analogía de tributos).

4. Considerar al sistema de seguridad social como un tercer actor en el reparto de recursos tributarios

Es una función compartida entre el gobierno federal y las provincias que históricamente afectó la distribución federal. Sus transferencias repercuten en todo el territorio y hay una asimetría entre las provincias que transfirieron su sistema público de seguridad social a la nación y las que no. Es también una manera de aislar al sistema tributario federal de las necesarias reformas en el sistema previsional y supone un modo de que todos los niveles de Gobierno enfrentan los desafíos del envejecimiento poblacional —asimétrico entre jurisdicciones—.

5. Establecer la distribución secundaria en función de la necesidad de gasto estandarizada e inversa de la capacidad tributaria potencial propia

Establecer la distribución secundaria en función de la necesidad de gasto estandarizada (para lograr equidad territorial) e inversa de la capacidad tributaria potencial propia —tributos subnacionales, incluida regalías, para estimular la eficiencia recaudatoria—, calculadas y evaluadas por el organismo fiscal federal en convenio con un organismo técnico —universidades, por ejemplo—. Sería una transferencia de igualación combinada para equiparar la brecha entre ingresos y costos (gap-filling).

6. Consolidar la masa coparticipable mediante la eliminación de todas las asignaciones específicas de recursos tributarios compartidos

Consolidar la masa coparticipable mediante la eliminación de todas las asignaciones específicas de recursos tributarios compartidos, y distribuirla entre provincias, nación y seguridad social federal (nacional y subnacional), en función de las brechas entre su necesidad de gasto y sus recursos propios potenciales.

7. Respecto a los recursos nacionales no compartidos

Respecto de los recursos nacionales no compartidos, se propone:

    1. para la seguridad social: fortalecer sus recursos propios simplificando la carga tributaria sobre el trabajo personal y aumentado la correspondencia fiscal;
    2. para los tributos al comercio exterior: la creación de un fondo anticíclico. 

8. Armonizar tributos mediante el organismo fiscal federal

Armonizar tributos (diseño y administración) mediante el organismo fiscal federal. La transferencia de igualación combinada propuesta (gap-filling) genera los incentivos a recaudar bien en los niveles locales.